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Responsabilidad civil Patronal
Entendiéndose como tal, la que para el asegurado resulte de lesiones o muerte sufridas por empleados a su servicio como consecuencia de un accidente de trabajo.
Es la responsabilidad civil derivada de daños personales causados por la empresa (por acción u omisión) al propio personal que presta sus servicios en ella, como consecuencia de un accidente laboral. Según condiciones generales y particulares de cada póliza
Esta cobertura es independiente del seguro de convenio de accidentes de los trabajadores.
Si ocurre (por ejemplo) un accidente de algún empleado en el ejercicio de su actividad laboral, deberá responder primeramente el seguro de convenio (en el caso que tenga cobertura para el siniestro ocurrido y obligatoriedad de este en la actividad de la empresa), posteriormente el seguro de RC patronal garantizará el abono de indemnizaciones que el trabajador, beneficiarios (u otros) puedan reclamar por alguna responsabilidad en que hubiere incurrido la empresa o el autónomo que los tenia trabajando a su cargo.
Si la empresa o autónomo tiene empleados asalariados, es más que recomendable contratar esta cobertura para contrarrestar posibles reclamaciones por algún accidente laboral.